TEXTOS RELACIONADOS CON EL COLONIALISMO
“Es la británica la más grande de las razas
dominantes que el mundo ha conocido y, por consiguiente, el poder determinante
en la historia de la civilización universal. Y no puede cumplir su misión, que
es crear el progreso de la cultura humana, si no es merced a la expansión de la
dominación inglesa. El espíritu del país tendrá fuerzas para cumplir esta
misión que nos ha impuesto la
Historia y nuestro carácter nacional. [...] El Imperio
británico, firmemente unido, y los Estados Unidos deben juntos asegurar la paz
del mundo y asumir la pesada responsabilidad de educar para la civilización a
los pueblos retrasado”
A. J. Beveridge. Discurso dado en Boston. 1898. historiador
y senador de los Estados Unidos por Indiana.
“Las
fábricas americanas producen más de lo que el pueblo americano puede utilizar;
la tierra americana produce más de lo que puede consumir. El destino ha trazado
nuestra política; el comercio mundial debe ser y será nuestro. Lo lograremos,
como nuestra madre nos enseñó. Estableceremos agencias comerciales en la
superficie del mundo como centros de distribución de los productos americanos.
Cubriremos los océanos con nuestros barcos. Construiremos una marina a la
medida de nuestra grandeza. De nuestras agencias comerciales surgirán grandes
colonias que desplegarán nuestra bandera y comerciarán con nosotros.”
Carta del
rey Leopoldo II de Bélgica a los Agentes del Estado
del Congo. Junio de 1897.
La tarea que los agentes del Estado han de cumplir en el Congo es noble
y elevada. Está bajo su incumbencia la civilización del África Ecuatorial.
Cara a cara con
el barbarismo primitivo, luchando contra costumbres, de miles de años de antigüedad,
su deber es modificar gradualmente esas costumbres. Han de poner a la población
bajo nuestras leyes, la más urgente de las cuales es, sin duda, la del trabajo.
TRATADO DE VERSALLES
(1919)
"Los Estados Unidos de
América, el Imperio Británico, Francia, Italia y el Japón,
Potencias designadas en el
presente Tratado como las principales potencias aliadas y asociadas; (…); y
Alemania, por otra parte; (…)
Considerando que (…) la guerra a
que sucesivamente fueron arrastradas,
directa o indirectamente, y que tuvo su origen en la declaración de guerra
dirigida el 28 de Julio de 1914 por Austria-Hungría a Serbia, en las
declaraciones de guerra dirigidas por Alemania el 1 de Agosto de 1914 a Rusia y
el 3 de Agosto de 1914 a Francia, y en la invasión de Bélgica, (...) han convenido las
disposiciones siguientes:
Artículo 42. Se prohíbe a
Alemania mantener o construir fortificaciones, sea en la orilla
izquierda del Rhin, sea en la
orilla derecha, al Oeste de una línea trazada a 50 kilómetros al Este de dicho río.
Artículo 43. Queda igualmente
prohibido en la zona definida en el
artículo 42, el mantenimiento o la agrupación de fuerzas armadas, sea a título
permanente, sea a título temporal, así
como las maniobras militares de cualquier naturaleza (…)
Sección Cuarta: Cuenca del Sarre
Artículo 45. En compensación de
la destrucción de las minas de carbón en el Norte de
Francia, y con cargo al importe
de la reparación de daños de guerra debida por Alemania, ésta cede a Francia la
propiedad entera y absoluta, franca y libre de cualesquiera deudas o cargas,
con derecho exclusivo de explotación, de las minas de carbón situadas en la Cuenca del Sarre (…)
Sección Quinta: Alsacia y Lorena
Artículo 51. Los territorios
cedidos a Alemania en virtud de los
preliminares de paz firmados en Versalles el 26 de Febrero de 1871, y del
Tratado de Francfort de 10 de Mayo de 1871, quedan reintegrados a la soberanía
francesa a partir del armisticio de 11 de Noviembre de 1918 (…)
Artículo 80. Alemania reconoce,
(…), la independencia de Austria (…).
Artículo 81. Alemania reconoce,
(…) la completa independencia del Estado
Checoslovaco (…)
Artículo 87. Alemania reconoce,
(…) la completa independencia de Polonia (…)
Sección Primera: Colonias
alemanas
Artículo 119. Alemania renuncia a
todos sus derechos y títulos sobre sus posesiones de Ultramar en favor de las
principales Potencias aliadas y asociadas (...)."
PARTE V. Cláusulas militares,
navales y aéreas
Artículo 160. El ejército alemán,
[...] será destinado exclusivamente al mantenimiento del orden sobre el
territorio ya policía de fronteras [...]. Artículo 171. Quedan prohibidas la
fabricación y la importación en Alemania de carros blindados, tanques o
cualquier otro ingenio similar que pueda servir a fines bélicos [...].
PARTE VII. Sanciones
Artículo 227. Las Potencias
aliadas y asociadas ponen en acusación pública a Guillermo II de Hohenzollern,
ex-emperador de Alemania, por ofensa suprema contra la moral internacional y la
autoridad sagrada de los tratados [...]. Artículo 228. El Gobierno alemán
reconoce a las Potencias aliadas y asociadas la libertad de mandar comparecer
ante sus propios tribunales militares a las personas acusadas de haber cometido
actos contrarios a las leyes y costumbres de la guerra [...].
PARTE VIII. Reparaciones
Artículo 231. Los Gobiernos
aliados y asociados declaran y Alemania reconoce que Alemania y sus aliados son
responsables por haberlas causado, de todas las pérdidas y de todos los daños
sufridos por los Gobiernos aliados y sus naciones como consecuencia de la
guerra, que les ha sido impuesta por la agresión de Alemania y de sus aliados.
[...] Artículo 233. El importe total de los susodichos perjuicios, por los
cuales es debida una indemnización por parte de Alemania, será fijado por una
Comisión interaliada [...].
PARTE XII-XIV. Cláusulas
econónicas y garantías de ejecución
Artículo 321. Alemania se
compromete a acordar la libertad de tránsito a través de su territorio [...] a
las personas, mercancías, navíos, vagones y servicios postales provenientes o
con destino a los territorios de cualesquiera de las potencias aliadas y
asociadas [...]. Artículo 428,
A título de garantía de la ejecución por parte de
Alemania del presente Tratado, los territorios alemanes situados al Oeste del
Rhin, junto con las cabezas de puente, serán ocupados por las tropas de las
potencias aliadas y asociadas durante un periodo de quince años [...].
Versalles, 29 de Junio de 1919