El objetivo de este blog es conseguir una mayor motivación hacia el estudio del Ámbito Social.

viernes, 18 de enero de 2013

UNIDAD 5. TEXTOS. (Imperialismo, Colonialismo. 1ª Guerra Mundial )



TEXTOS RELACIONADOS CON EL COLONIALISMO
Joseph Chamberlain al frente del Ministerio de Colonias británico, en 1895
“Es la británica la más grande de las razas dominantes que el mundo ha conocido y, por consiguiente, el poder determinante en la historia de la civilización universal. Y no puede cumplir su misión, que es crear el progreso de la cultura humana, si no es merced a la expansión de la dominación inglesa. El espíritu del país tendrá fuerzas para cumplir esta misión que nos ha impuesto la Historia y nuestro carácter nacional. [...] El Imperio británico, firmemente unido, y los Estados Unidos deben juntos asegurar la paz del mundo y asumir la pesada responsabilidad de educar para la civilización a los pueblos retrasado”
.



A. J. Beveridge. Discurso dado en Boston. 1898. historiador y senador de los Estados Unidos por Indiana.
“Las fábricas americanas producen más de lo que el pueblo americano puede utilizar; la tierra americana produce más de lo que puede consumir. El destino ha trazado nuestra política; el comercio mundial debe ser y será nuestro. Lo lograremos, como nuestra madre nos enseñó. Estableceremos agencias comerciales en la superficie del mundo como centros de distribución de los productos americanos. Cubriremos los océanos con nuestros barcos. Construiremos una marina a la medida de nuestra grandeza. De nuestras agencias comerciales surgirán grandes colonias que desplegarán nuestra bandera y comerciarán con nosotros.”

Carta del rey Leopoldo II de Bélgica a los Agentes del Estado del Congo. Junio de 1897.
La tarea que los agentes del Estado han de cumplir en el Congo es noble y elevada. Está bajo su incumbencia la civilización del África Ecuatorial.
Cara a cara con el barbarismo primitivo, luchando contra costumbres, de miles de años de antigüedad, su deber es modificar gradualmente esas costumbres. Han de poner a la población bajo nuestras leyes, la más urgente de las cuales es, sin duda, la del trabajo.
En los países no civilizados, es necesario, creo yo, una firme autoridad para acostumbrar a los nativos a las prácticas de la que son totalmente contrarias a sus hábitos. Para ello es necesario ser al mismo tiempo, firme y paternal." 





TRATADO DE VERSALLES (1919)


"Los Estados Unidos de América, el Imperio Británico, Francia, Italia y el Japón, 
Potencias designadas en el presente Tratado como las principales potencias aliadas y asociadas; (…); y Alemania, por otra parte; (…)

Considerando que (…) la guerra a que sucesivamente  fueron arrastradas, directa o indirectamente, y que tuvo su origen en la declaración de guerra dirigida el 28 de Julio de 1914 por Austria-Hungría a Serbia, en las declaraciones de guerra dirigidas por Alemania el 1 de Agosto de 1914 a Rusia y el 3 de Agosto de 1914 a Francia, y en la  invasión de Bélgica, (...) han convenido las disposiciones siguientes:

Artículo 42. Se prohíbe a Alemania mantener o construir fortificaciones, sea en la orilla
izquierda del Rhin, sea en la orilla derecha, al Oeste de una línea trazada a 50  kilómetros al Este de dicho río.

Artículo 43. Queda igualmente prohibido en la zona  definida en el artículo 42, el mantenimiento o la agrupación de fuerzas armadas, sea a título permanente, sea a  título temporal, así como las maniobras militares de cualquier naturaleza (…)

Sección Cuarta: Cuenca del Sarre
Artículo 45. En compensación de la destrucción de las minas de carbón en el Norte de
Francia, y con cargo al importe de la reparación de daños de guerra debida por Alemania, ésta cede a Francia la propiedad entera y absoluta, franca y libre de cualesquiera deudas o cargas, con derecho exclusivo de explotación, de las minas de  carbón situadas en la Cuenca del Sarre (…)

Sección Quinta: Alsacia y Lorena
Artículo 51. Los territorios cedidos a Alemania en  virtud de los preliminares de paz firmados en Versalles el 26 de Febrero de 1871, y del Tratado de Francfort de 10 de Mayo de 1871, quedan reintegrados a la soberanía francesa a partir del armisticio de 11 de Noviembre de 1918 (…)

Artículo 80. Alemania reconoce, (…), la independencia de Austria (…).

Artículo 81. Alemania reconoce, (…) la completa independencia del Estado
Checoslovaco (…)

Artículo 87. Alemania reconoce, (…) la completa independencia de Polonia (…)

Sección Primera: Colonias alemanas
Artículo 119. Alemania renuncia a todos sus derechos y títulos sobre sus posesiones de Ultramar en favor de las principales Potencias aliadas y asociadas (...)."

PARTE V. Cláusulas militares, navales y aéreas

Artículo 160. El ejército alemán, [...] será destinado exclusivamente al mantenimiento del orden sobre el territorio ya policía de fronteras [...]. Artículo 171. Quedan prohibidas la fabricación y la importación en Alemania de carros blindados, tanques o cualquier otro ingenio similar que pueda servir a fines bélicos [...].

PARTE VII. Sanciones

Artículo 227. Las Potencias aliadas y asociadas ponen en acusación pública a Guillermo II de Hohenzollern, ex-emperador de Alemania, por ofensa suprema contra la moral internacional y la autoridad sagrada de los tratados [...]. Artículo 228. El Gobierno alemán reconoce a las Potencias aliadas y asociadas la libertad de mandar comparecer ante sus propios tribunales militares a las personas acusadas de haber cometido actos contrarios a las leyes y costumbres de la guerra [...].

PARTE VIII. Reparaciones

Artículo 231. Los Gobiernos aliados y asociados declaran y Alemania reconoce que Alemania y sus aliados son responsables por haberlas causado, de todas las pérdidas y de todos los daños sufridos por los Gobiernos aliados y sus naciones como consecuencia de la guerra, que les ha sido impuesta por la agresión de Alemania y de sus aliados. [...] Artículo 233. El importe total de los susodichos perjuicios, por los cuales es debida una indemnización por parte de Alemania, será fijado por una Comisión interaliada [...].

PARTE XII-XIV. Cláusulas econónicas y garantías de ejecución

Artículo 321. Alemania se compromete a acordar la libertad de tránsito a través de su territorio [...] a las personas, mercancías, navíos, vagones y servicios postales provenientes o con destino a los territorios de cualesquiera de las potencias aliadas y asociadas [...]. Artículo 428, A título de garantía de la ejecución por parte de Alemania del presente Tratado, los territorios alemanes situados al Oeste del Rhin, junto con las cabezas de puente, serán ocupados por las tropas de las potencias aliadas y asociadas durante un periodo de quince años [...].

Versalles, 29 de Junio de 1919


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Blog de Manuela Casado González, iniciado en marzo de 2010.

Correo-e: profesora.casadogonzalez@gmail.com

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